La Policía Vial mantiene la vigilancia y aplicación de sanciones a quienes estacionen sus vehículos sobre la banqueta, en apego al artículo 88 apartado I:
Artículo 88.- Se prohíbe estacionar vehículos en los siguientes lugares:
I.-En las aceras, camellones y otras vías reservadas a los transeúntes;* Se pide la comprensión de la ciudadanía y el respeto a los transeúntes, dejando libres las banquetas.